Medios y política. Alcances de la reforma constitucional

Publicado en Zócalo, octubre de 2007

No fueron únicamente los votos. Además de la unanimidad de los tres partidos principales para respaldar la iniciativa de reformas constitucionales en materia electoral fue muy notorio el discurso, de una inédita exasperación, que en ambas cámaras, y muy especialmente en el Senado, los legisladores manifestaron contra las amenazas de las televisoras.
De la impunidad habitual al chantaje burdo y luego, de la incredulidad exasperada a la desesperación y el desconcierto, los consorcios mediáticos empezaron a cosechar las consecuencias de un comportamiento abusivo y convenenciero. Nunca, como en la segunda semana de septiembre, habían tropezado con los límites de la relación cada vez más desigual que llevaban años de imponerle a una clase política habitualmente apantallada por el poder de los grandes medios. Nunca, durante esos años de creciente supeditación a la influencia política y mercantil de los consorcios comunicacionales, legisladores y dirigentes políticos habían mostrado una actitud como esa.
La subordinación de los políticos mexicanos respecto de los medios de comunicación no ha terminado. Pero el punto de inflexión que encontró cuando las cadenas televisoras y radiodifusoras quisieron impedir la aprobación de las reformas constitucionales tendrá que marcar nuevas formas en el trato entre unos y otras. Al montar el inusitado pero además prepotente espectáculo con el que pretendieron amedrentar a los senadores el martes 11 de septiembre, seguramente los concesionarios más influyentes no supusieron que encontrarían un rechazo categórico por parte de senadores panistas, perredistas y priistas. Al llevar a muchos de los conductores de noticieros más conocidos a la sala de sesiones en la Torre del Caballito, donde el Senado tiene la mayor parte de sus oficinas, los dueños de Azteca, Televisa y varias de las cadenas radiofónicas con más estaciones querían mostrar una advertencia perentoria a los legisladores: o modificaban la propuesta de reformas constitucionales que entre otros cambios cancelaba la contratación de propaganda política en los medios electrónicos, o el poder de los medios se les vendría encima.
Para sorpresa de los jeques mediáticos –y, hay que reconocerlo, para sorpresa también de muchos ciudadanos– los legisladores afrontaron el reto. La iniciativa fue aprobada al día siguiente por el pleno del Senado y lo mismo sucedió el viernes 14 en la Cámara de Diputados. La Cámara Nacional de la Industria de la Radiodifusión había exigido la realización de un referéndum acerca de esa reforma constitucional. Con un discurso pendenciero y repleto de mentiras, los radiodifusores más agresivos siguieron diciendo que las modificaciones legales atentaban contra la libertad de expresión y consideraron que los senadores y diputados representaban a una partidocracia que estaba acaparando las decisiones fundamentales en el país.

El dinero, fuera de la
propaganda electrónica
Los partidos, en efecto, respaldaron las decisiones que tanta aversión suscitaron en algunos de los más importantes empresarios de la radiodifusión. Pero en el discurso mediático había una trampa retórica porque no eran los partidos sino los legisladores que forman parte de ellos los que aprobaron la reforma constitucional. No fue de la “partidocracia” sino en el Congreso de la Unión donde surgieron y fueron votadas esas reformas. Sin embargo la CIRT, con un discurso irritadamente amplificado por Televisión Azteca, clamó contra esa decisión como si hubiera sido tomada al margen de la sociedad y no por los legisladores que (gústenos o no) representan a los ciudadanos que votaron por ellos.
Después de su aprobación en ambas cámaras, la reforma tiene que ser respaldada por al menos la mitad de los congresos estatales para que la Constitución sea modificada. Por eso, apenas transcurrieron las fiestas patrias el nuevo flanco de confrontación entre las televisoras y los partidos se instaló en las cámaras de diputados locales. Ya que no presionaron a los legisladores federales, los radiodifusores más beligerantes tratarían de hacerlo con los diputados en cada entidad federativa y, sobre todo, a través de algunos de los gobernadores más proclives a buscar la promoción que les ofrecen la televisión y la radio.
En ese nuevo espacio de conflicto la CIRT repetiría los argumentos, sin sustento pero intensamente propalados, que presentó delante de los legisladores federales. Los empresarios de la radiodifusión insistieron en que la reforma constitucional vulneraba la libertad de expresión porque una versión preliminar del dictamen, finalmente aprobado en ambas cámaras, incorporaba este párrafo al artículo 41 de la Constitución:
Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión. Ninguna otra persona privada o pública, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar o difundir mensajes en radio y televisión dirigidos a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero (el subrayado es nuestro).
Esa formulación era inquietante porque no solo prohibía la contratación de propaganda política sino, además, podía ser utilizada para impedir la presentación de opiniones críticas respecto de los hechos políticos durante los procesos electorales. Los senadores resolvieron ese riesgo suprimiendo las palabras que subrayamos en la anterior transcripción para que esa modificación diga que ninguna persona podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales…
Más tarde, algunos miembros de la CIRT y de otros grupos empresariales consideraron que la nueva redacción seguía siendo lesiva a la libertad de los particulares para dar a conocer sus opiniones políticas a través de la contratación de espacios de publicidad. Pero no se trata de una restricción a la libertad de expresión de la sociedad sino a la libertad del dinero para sobreponerse a las opiniones políticas de los ciudadanos.
Esa disposición no impide que los ciudadanos se manifiesten por el medio que sea. Lo que prohíbe es que haya propaganda pagada en la televisión y la radio. Y allí radica el cambio más importante en la reforma constitucional: el dinero desaparecerá de la relación entre política y medios. Al quedar prohibida la contratación de espacios de cualquier índole para difundir propaganda política, desaparecerá la subordinación que, a menudo, padecían candidatos y dirigentes de los partidos cuando tenían que contratar espacios en los medios electrónicos. Eso es lo que realmente les inquieta a los dueños de los consorcios de televisión y radio: los partidos dejarán de estar sometidos a los intereses de esas corporaciones privadas.
Por lo demás, la legislación mexicana ya prohíbe la contratación de propaganda política por parte de cualquier entidad o persona a excepción de los partidos. El artículo 48 del Código Federal Electoral establece:
Es derecho exclusivo de los partidos políticos contratar tiempos en radio y televisión para difundir mensajes orientados a la obtención del voto durante las campañas electorales, conforme a las normas y procedimientos que se establecen en el presente artículo.
Así que los empresarios de la radiodifusión y de otras áreas que se inconforman porque los particulares no pueden contratar mensajes de propaganda electoral están algo atrasados de noticias. Esa disposición se encuentra en el Código Federal Electoral desde septiembre de 1993.
La reforma constitucional que ahora propusieron los senadores del PAN, el PRD y el PRI y que en la Cámara de Diputados fue apoyada además por el Partido del Trabajo y Alternativa Socialdemócrata, tiene numerosas implicaciones. Allí se encuentra un intento para fortalecer la influencia de los partidos sobre la autoridad electoral y, sobre todo, la decisión para sustituir de inmediato a tres de los actuales nueve consejeros del IFE. Esa es, a nuestro juicio, una medida regresiva que atenta contra la autonomía de la autoridad electoral y para la cual los partidos no ofrecieron justificación alguna. Junto a esas decisiones hay una destacada colección de reformas que afectan la vinculación entre política y medios de comunicación y a las cuales nos referimos en las siguientes páginas.

Los mensajes negativos,
agresividad y subjetividad
Otra de las modificaciones les prohíbe a los partidos hacer propaganda negativa. Como se recuerda, uno de los temas de mayor discusión acerca de las campañas de 2006 fue la abundancia de agravios y descalificaciones entre los principales partidos. La propaganda negra, como algunos le han llamado, deteriora la vida pública y es síntoma, a la vez que acicate, de una cultura política en donde prevalecen los impulsos y recursos más primitivos. En vez de argumentos y propuestas, la descalificación de los contrarios, sobre todo cuando se injuria o se propagan difamaciones, propicia una competencia electoral que acaba desacreditando a la competencia política y a todos sus actores.
Sin embargo es difícil pensar en una campaña electoral en donde no haya descalificaciones. La propaganda negativa forma parte de la lucha política misma. En un contexto de insuficiente cultura cívica, con actores políticos que no se respetan unos a otros ese recurso será utilizado con más intensidad y, sobre todo, con mayor rispidez.
Es difícil sancionar a la propaganda negativa porque, antes que nada, resulta inevitable que haya alguna dosis de subjetividad para definir en qué momento una campaña traspone la tenue línea entre la competencia limpia y los recursos que no lo son. Siempre habrá quienes consideren que calificar a un candidato como peligro para México es un recurso de propaganda negativa pero también habrá aquellos que, con otros argumentos, sostengan que esa apreciación puede formularse en ejercicio de la libertad de expresión. O, en otro caso que todos recordamos, decir que el cuñado de un candidato presidencial se ha beneficiado ilegítimamente con recursos públicos será una muestra de honestidad y valentía para algunos, en tanto que para otros constituirá una difamación si no hay pruebas que respalden tal acusación.
Si la reforma constitucional prospera, la autoridad electoral tendrá la responsabilidad de resolver cuándo las campañas son limpias, o no. En una de las adiciones al artículo 41 de la Carta Magna se propone establecer:
En la propaganda política o electoral que difundan los partidos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.

Spots, en tiempos estatales
administrados por el IFE
La prohibición a la contratación de propaganda política va acompañada por una detallada explicación, también en la nueva redacción propuesta para el 41 Constitucional, para que los partidos y el IFE dispongan de una parte importante del tiempo de transmisiones en las radiodifusoras y televisoras que la actual legislación le confiere al Estado.
Como se sabe desde hace casi medio siglo, gracias a la Ley de Radio y Televisión de 1960, el gobierno tiene derecho a ocupar media hora diaria en cada estación. Adicionalmente, en virtud del llamado tiempo fiscal creado en 1969 y reducido en un 90% por el presidente Fox hace cinco años, el Estado puede ocupar 18 minutos diarios en cada estación de televisión y 35 en cada radiodifusora. Esos tiempos ascienden, en total, a 48 minutos diarios en cada televisora y 65 en cada estación de radio.
La reforma que votaron senadores y diputados establece que desde las temporadas de precampañas y hasta el día de cada elección federal, el IFE tendrá derecho a 48 minutos diarios de esos segmentos. Es decir, ocupará todo el tiempo del que dispone actualmente el Estado en las televisoras y el 74% del espacio que hay, para esos fines, en cada radiodifusora. Esos 48 minutos no se ejercerán de manera continua: tendrán que ser distribuidos en porciones de entre 2 y 3 minutos cada hora.
No todo ese tiempo será para los partidos. El 15% podrá ser reservado por el IFE para difundir mensajes de promoción electoral de tal manera que entre todos los partidos tendrán derecho a, por lo menos, 41 minutos diarios en cada estación tele o radiodifusora.
De esos 41, habrá 29 minutos (el 70%) que se distribuirán entre los partidos de acuerdo con los resultados de la elección de diputados federales más reciente. Los otros 12 minutos serán prorrateados de manera igual entre todos los partidos. Otra innovación establece que las campañas presidenciales durarán 90 días (actualmente alcanzan casi seis meses) y, cuando únicamente sean para legisladores federales, 60 días. Las precampañas durarán, cuando mucho, 60 y 40 días, respectivamente.
En otras palabras, durante los 3 meses de una campaña presidencial los partidos, en su conjunto, dispondrán de 61 horas y media en cada radiodifusora o televisora. Es tiempo más que suficiente para que den a conocer sus mensajes. Los spots no desaparecerán de la competencia política mexicana. Pero, por un lado, ya no nos costarán a los ciudadanos. Y por otro, los partidos no tendrán que negociar con los medios las tarifas para esos anuncios ni la asignación de horarios para transmitirlos. También desaparece la mediación entre las empresas de radio y televisión y la autoridad electoral que hasta ahora cumple, a veces tomando posición a favor de los consorcios privados, la Secretaría de Gobernación. Ahora toda la gestión para ocupar con propaganda electoral los espacios estatales quedará a cargo del Instituto Federal Electoral.

Fin a la promoción personal;
cambio en publicidad política
Una más de las reformas que podrían modificar sustancialmente la relación entre política y medios establece, en el multicitado artículo 41, que durante las campañas y hasta la conclusión de la jornada electoral, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Esa disposición afecta no solamente a la televisión y a la radio sino además a los medios impresos.
Cada vez parece más claro que una gran cantidad de revistas y diarios –entre los que hay mucha paja, trivia y bodrios pero también publicaciones serias y que difunden contenidos de calidad– tienen que plantearse nuevas opciones de financiamiento porque la publicidad estatal –proveniente tanto del gobierno federal como de gobiernos locales e instituciones públicas de toda índole– será cada vez menor.
Esa tendencia es reforzada por otra de las adiciones constitucionales aprobadas por el Congreso, en este caso al artículo 134:
La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Como puede apreciarse, tal medida se refiere a cualquier medio de comunicación (incluso nuevas formas de difusión como Internet o mensajes por celulares). Y no está restringida a los periodos de campañas electorales. Eso implica que la gran mayoría de los anuncios que difunden ahora los gobiernos y muchas instituciones públicas tendrían que desaparecer y, en algunos casos, ser sustituidos por mensajes informativos pero no de promoción personal.
Lo que no indica esa adición constitucional es a qué autoridad le corresponderá evaluar la propaganda estatal, ni con qué recursos de apremio para que dicha disposición se cumpla cabalmente. Todo ello tendría que precisarse en la legislación reglamentaria de la reforma constitucional. Allí hay margen para que los legisladores le den mayores atribuciones poder al IFE o, quizá, a alguna otra institución estatal que podría encargarse de la supervisión de los mensajes gubernamentales. En todo caso parece evidente que, de aprobarse la reforma constitucional, nos encontraremos no solamente en un panorama muy diferente en la relación entre partidos y medios de comunicación. Además, habrá nuevas pautas para la relación entre el gobierno y los medios, incluyendo a la prensa escrita.

Derecho de réplica,
en el 6º. Constitucional
Una mejora adicional y de enorme importancia es la reforma que se propone para incorporar el derecho de réplica. De aprobarse, el artículo 6º. Constitucional quedaría así:
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
La novedad sería la frase que hemos subrayado en el párrafo anterior y, desde luego, cobraría sentido en la medida en que las leyes secundarias establecieran mecanismos para el ejercicio del derecho de réplica.
Hoy en día el derecho de los ciudadanos para responder o aclarar contenidos, menciones o informaciones que los afectan y que han sido difundidos en medios de comunicación, es reconocido por la Ley de Imprenta de 1917 aunque por lo general los diarios y revistas no cumplen al pie de la letra con la obligación de publicar rectificaciones establecida en ese ordenamiento. La actual legislación electoral les permite a partidos y candidatos tener derecho de réplica en medios electrónicos durante temporadas de campañas, pero esa prerrogativa por lo general no es invocada cuando los actores políticos quieren inconformarse por lo que se ha dicho de ellos en algún medio. Y en el Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión expedido por el presidente Fox en octubre de 2002 se establece un tortuoso y desventajoso procedimiento, sujeto a la decisión discrecional de cada televisora o radiodifusora, para ejercer el derecho de réplica en esos medios.
Si se le reglamenta con pulcritud ese derecho podría constituir un contrapeso fundamental a las versiones parciales, las alusiones irresponsables y las agresiones interesadas que pululan en medios de comunicación de toda índole. Allí se encuentra una de las varias asignaturas para la elaboración de la nueva Ley de Radio y Televisión.

Un comentario en “Medios y política. Alcances de la reforma constitucional

  1. creo que la informacion presentada en el texto anterior es de gran ayuda para los estudiantes como lo soy yo pues es momento de interesarnos en la politica de nuestro pais, para saber que es lo que pasa, me fue de gran ayuda la informacion pues es algo que me interesa conocer.

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