Nuevo clientelismo. Partidos y medios

enero 25, 2006

Publicado en Nexos de marzo de 2006

Indeseables o indispensables, los medios de comunicación son un componente inevitable en la política contemporánea. Los podemos identificar como distorsionadores y simplificadores del debate político, advertir las perversidades que implica la sustitución de la deliberación por el marketing y el frecuente reemplazo de las ideas por el maquillaje. También podemos admitir que, junto con sus efectos disruptivos, los medios de comunicación de masas propagan mensajes políticos con una cobertura mayor a la de cualquier mitin; gracias a ellos conocemos, así sea de manera superficial, a los partidos, candidatos y sus perfiles políticos.

La apreciación sobre el papel de los medios en los asuntos públicos puede ser apocalíptica o integrada como dijera Umberto Eco, o casandriana y panglosiana en términos de Zygmunt Bauman [1]. Lo que no podemos hacer es ignorar los determinantes efectos que los medios tienen tanto en la creación como en la demolición de consensos en el mundo de nuestros días.

Reconocer que los medios son indispensables en la vida pública y específicamente en el quehacer político contemporáneos no significa admitir que tengan un desempeño virtuoso. De la misma manera, comprender que en todo el mundo son el eje del espacio público no implica convalidar el desempeño que tienen en México. Aquí –y ahora incluso en China– son el escenario forzoso para el proselitismo político.

En todo el planeta las campañas electorales fincan su eficacia, fundamental aunque no exclusivamente, en la capacidad que tengan para ser reconocidas en los medios. Así ocurre también en México. Pero a diferencia de numerosas situaciones internacionales, en este país la capacidad de influencia de los medios electrónicos resulta sustancialmente mayor.

En pocos sitios del mundo esos medios, y sobre todo la televisión, se encuentran concentrados en tan pocas manos como en México. En poquísimas naciones la asignación de concesiones para transmitir por radio y televisión ocurre de manera tan discrecional como en la nuestra. El poder comunicacional –y de esa manera político– que han alcanzado Televisa y Televisión Azteca no tiene parangón en ninguna democracia en el Continente. Solamente en dos países de América Latina se puede considerar que no hay auténtica competencia en la televisión. Uno de ellos es Cuba. El otro es el nuestro. Las comparaciones suelen ser antipáticas pero en este caso tendrían que resultarnos bochornosas.

La concentración de muchos medios en pocas manos tiene flagrantes consecuencias en todas las esferas de la vida pública mexicana. En el campo de la política, implica el mayor obstáculo para que podamos tener una competencia auténticamente equitativa entre los partidos que buscan el voto de los ciudadanos.

En todo el mundo los partidos y sus candidatos buscan acceso a los medios. En muchos países pueden comprar espacios en televisión y radio para difundir sus propuestas. En otros, participan de los espacios que el Estado asigna en esos medios para la competencia política. Las modalidades para regular esa propaganda son muy variadas. Hay naciones en donde prevalecen los intereses del mercado pero con plena competitividad de los partidos. En otras, se imponen limitaciones. Brasil, Colombia y Chile, por ejemplo, han establecido prohibiciones para que los partidos compren publicidad en los medios electrónicos. A cambio de ello existen espacios que los medios están obligados a abrir para que los partidos den a conocer sus posiciones [2]. En México la legislación electoral ha cubierto de manera exhaustiva –y en ocasiones obsesiva– casi todos los pasos del proceso electoral. Pero sigue careciendo de reglas suficientes para que la equidad que propicia en otros terrenos de la competencia electoral también exista en ese campo indispensable en el encuentro entre partidos y ciudadanos que son los medios de comunicación.

 

Clientes de las televisoras

En las elecciones federales de 2000, los partidos políticos gastaron más de la mitad de sus recursos en la contratación de espacios en medios electrónicos e impresos. Se ha estimado que esa erogación fue de mil 314.4 millones de pesos –calculados en pesos de 2002–[3].

Ese monto constituyó el 6% de la publicidad que en 2000 recibieron la televisión, la prensa y la radio en México [4]. En otro sitio hemos dicho que los partidos políticos se han convertido más que interlocutores, en clientes de los medios de comunicación [5].

Esa condición clientelar permite apreciar el viraje que el predominio mediático está propiciando en las relaciones políticas en nuestro país. Antes todos los actores de la vida pública, formales o extra institucionales, se encontraban subordinados al poder del Estado el cual actuaba, como bien sabemos, de manera discrecional y autoritaria. Esa relación, por lo menos respecto de los medios de comunicación más importantes, ha experimentado un drástico cambio. Ahora, en algunas ocasiones, es el poder de los medios el que impone agendas, intereses y decisiones –e incluso vetos– en distintos ámbitos del Estado mexicano. Así como en el antiguo régimen el Estado subordinaba y manipulaba clientelarmente a distintos sectores de la sociedad, ahora asistimos a la transformación de algunas de las instituciones políticas fundamentales en clientes de las empresas de comunicación más poderosas. De esas dimensiones es el cambio que nos ha conducido a afirmar, sin por ello soslayar que todavía tenemos Estado e instituciones en capacidad de cumplir con sus responsabilidades jurídicas y políticas que el poder de las empresas comunicacionales, especialmente aquellas que controlan la televisión, adquiere hoy una condición de mediocracia en nuestro país.

Reducida al ámbito del mercado, la relación entre partidos y medios de comunicación está supeditada al regateo de índole comercial pero también política. La adquisición de espacios para la propaganda partidaria en la televisión y la radio se ha convertido en un nuevo terreno de especulación y favoritismo. Ni siquiera las reglas habituales en cualquier mercado, que implican trato igual en condiciones semejantes, son respetadas en el escenario de trapicheos y regateo en que se ha convertido la compra y venta de espacios para propaganda política en televisión y radio.

Discriminación tarifaria

Convertidos en clientes, los partidos se ven sometidos a condiciones de discriminación en los medios. En otros tiempos era frecuente que les hicieran pagar tarifas más altas que las establecidas para empresas comerciales. Ahora en ocasiones los medios les cobran de manera diferenciada, privilegiando a unos partidos en perjuicio de otros.

En las campañas federales de 2003, por ejemplo, hubo empresas de radiodifusión que exigieron a algunos partidos pagos equivalentes al triple de lo que les cobraban a otros por el mismo tiempo y en los mismos programas de televisión. Con facturas que obtuvo del Instituto Federal Electoral gracias a la Ley de Acceso a la Información la reportera María Scherer Ibarra, de la revista Proceso [6], comprobó que empresas como Televisión Azteca imponen tarifas diferentes a distintos partidos políticos. Por ejemplo, la contratación de 20 segundos durante la final del futbol mexicano la noche del 14 de junio de 2003 en el Canal 13 –tres semanas antes de las elecciones federales– le costó 166 mil 666 pesos al Partido del Trabajo. Por un anuncio de la misma duración y en el mismo espacio (tan solo 5 minutos antes) el Partido Fuerza Ciudadana pagó 190 mil pesos. Un poco antes, dentro del mismo evento deportivo, minutos antes de las 10 de la noche, el Partido de la Revolución Democrática pagó 500 mil pesos por un anuncio de 30 segundos. Pero al Partido Revolucionario Institucional un anuncio también de 30 segundos y en el mismo programa –tres minutos después de las 11 de la noche– le costó, nada más, 25 mil 375 pesos. Por un spot de la misma duración aunque con diferencia de algo más de una hora, el PRD pagó veinte veces más que el PRI.

Supuestamente, las empresas de comunicación tienen que mantener las tarifas que le presentan al IFE antes de cada temporada electoral [7]. El catálogo de TV Azteca indicaba que un spot de 20 segundos en un horario como el señalado costaría 100 mil pesos y 150 mil el de medio minuto. Pero a los partidos del Trabajo y Fuerza Ciudadana les cobraron 66% y 90% por encima de la tarifa oficial. Y al PRD tres veces más en comparación con el precio notificado a la autoridad electoral. En cambio el PRI solamente pagó, por el mismo tiempo de publicidad política, la sexta parte de la tarifa oficial.

La investigación de Scherer Ibarra documentó otros casos de ese trato desigual, que anula las condiciones de equidad que la ley y la autoridad electorales tendrían que asegurarles a los partidos. La información fue tomada de facturas y relaciones de anuncios transmitidos que las empresas de radiodifusión entregaron a los partidos y luego fueron recibidas por el IFE. Al comentar aquella información de Proceso consideramos [8] que si esos abusos son posibles, se debe en primer lugar a la irresponsabilidad de los partidos que aceptan pagar montos muy superiores a los que señalan los catálogos entregados por las empresas de radiodifusión. Y si los partidos tienen tal munificencia con los medios es gracias al excesivo financiamiento que se les otorga. Gastan con tanta largueza porque el dinero que reciben no es de ellos. Es de todos nosotros.

 

Sospechosos descuentos

Tres años después se suscitó una situación inversa a aquella y de la que han sido protagonistas la misma televisora y el partido afectado con las tarifas más altas en 2003. Por la contratación de un programa mañanero y en cadena nacional al PRD y su candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, Televisión Azteca les cobra una tarifa 41 veces más baja que la que estableció en el catálogo de precios entregado a la autoridad electoral. En enero de 2006 ese partido contrató 115 programas de 28 minutos, que se transmiten de 6 a 6.30 de la mañana y por cada uno de los cuales pagará 155 mil pesos. Es decir, cada minuto le cuesta 5 mil 536 pesos a ese partido

Sin embargo las tarifas que TV Azteca entregó al IFE para normar la contratación de propaganda política en sus canales establecen que el minuto de publicidad para los partidos, en el horario considerado “no estelar” –de 6 a 17 horas– costaría 222 mil 500 pesos. Eso implica que, al PRD, TV Azteca le está cobrando 40.7 veces menos. Si a otros partidos la televisora se rehusara a cobrarles esa tarifa, entonces habría una situación de inequidad en la competencia electoral.

Desiguales hacia arriba, o al ofrecer a unos descuentos que no se les conceden a todos, los partidos políticos se encuentran subordinados a las condiciones que establecen las empresas de radiodifusión para la transmisión de mensajes políticos. El remedio a esa abusiva situación lo conocemos todos pero casi nadie, en el mundo político mexicano, se anima a ponerlo en práctica. Desde otra experiencia el experto español Manuel Alcántara ha señalado con precisión: “Un tema vinculado con el anterior es el del financiamiento de las campañas políticas. Un minuto en la televisión es más importante que una hora en el Parlamento. Y cuando la TV está en manos privadas es muy caro pagar el minuto… si hay algo que corrompe el proceso democrático, es la búsqueda de fondos para pagar el tiempo de publicidad televisiva. Y hay una respuesta para ello: dado que el espectro que se usa, tanto para la radio como para la TV, es público, el público debería poder usarlo de la manera que estimara más conveniente” [9]. Eso es, precisamente, lo que no está ocurriendo en México.

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[1] Zygmunt Bauman, La sociedad sitiada. FCE, Buenos Aires, 2004.

[2] Juan Rial, “Financiamiento político. El acceso de los partidos a los medios de comunicación”. En Steven Griner y Daniel Zovatto, De las normas a las buenas prácticas. El desafío del financiamiento político en América Latina. OEA e IDEA. San José, Costa Rica, 2004.

[3] De acuerdo con estimaciones de Luis Emilio Giménez-Cacho, “La hora de las cuentas. Para saber cómo gastan los partidos”. Configuraciones, revista del Instituto de Estudios para la Transición Democrática. Número 12-13. México, abril-septiembre de 2003.

[4] El gasto publicitario total en 2000 fue de 22 mil 159 millones de pesos, según la Cámara de la Industria de Radio y Televisión.

[5] Estos datos y una discusión más amplia al respecto se encuentran en nuestro ensayo “Medios, el nuevo poder real ante el Estado mexicano” en Jorge Alonso y Alberto Aziz, El Estado mexicano. Herencias y cambios. Tomo III. CIESAS-Porrúa, México, 2005.

[6] María Scherer Ibarra, “Tarifas a conveniencia”. Proceso 1444. Suplemento. 4 de julio de 2004.

[7] El artículo 48 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su inciso 2 que, al comienzo de cada temporada de campañas, los concesionarios de radio y televisión deben entregar al IFE su catálogo de horarios y tarifas. Con tal medida se pretende que ningún partido esté obligado a pagar más que otros y que los precios de la publicidad política no sean superiores a los que se cobran por anuncios comerciales.

[8] “Este sí es un escándalo”. La Crónica de Hoy, 9 de julio de 2004. El partido de futbol durante cuya transmisión TV Azteca cobró esas tarifas diferenciadas era entre los equipos Morelia y Monterrey.

[9] Manuel Alcántara Sáez, “Partidos políticos en América Latina: precisiones conceptuales, estado actual y retos futuros”. En Programa de las Naciones Unidas Para el Desarrollo (PNUD). La democracia en América Latina Hacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos. contribuciones para el debate. Buenos Aires, 2004, p 118.


La contrarreforma para la radio y la televisión

enero 15, 2006

 

enero de 2006

La minuta que la Cámara de Diputados aprobó el 1 de diciembre pasado resultó llamativa por varias causas. La primera de ellas fue la celeridad con que los diputados conocieron, se abstuvieron de discutir y votaron por unanimidad ese proyecto de Decreto. En solamente siete minutos, como dijimos en su oportunidad, se consumó aquel atentado a la sociedad mexicana.

La reforma de los siete minutos no resuelve los muchos vacíos legales que existen para la radiodifusión y su imbricación con las nuevas tecnologías de la comunicación. Al contrario, crea nuevos obstáculos para el desarrollo de ese servicio público. Su principal propósito es abrir un nuevo frente de negocios a las empresas que ya tienen concesiones de televisión al autorizarles el usufructo, para servicios distintos a los de radiodifusión, de las frecuencias con las que ahora cuentan sin que necesariamente deban entregar por ello contraprestación alguna al Estado mexicano. Esa contrarreforma no impulsa el desarrollo de la radiodifusión ni de las telecomunicaciones, no le abre a la sociedad mexicana opciones en esos campos, no promueve la apropiación ni el aprovechamiento nacionales de las nuevas tecnologías. Lo que pretende esa contrarreforma es, simple e irresponsablemente, beneficiar con un nuevo negocio a las empresas de televisión.

Todos sabemos de quiénes estamos hablando. Todos conocemos el acaparamiento de frecuencias, la monopolización del mercado y desde luego la indigencia que prevalece en los contenidos difundidos por tales empresas. Por eso, a la minuta que el Senado tiene la responsabilidad de estudiar y dictaminar ha sido posible ponerle nombre y apellido. A estas reformas a las leyes de telecomunicaciones y de radio y televisión se les ha denominado, en una manera de señalarlas con todas sus letras, como Ley Televisa. Los vínculos profesionales y personales de varios de sus promotores más insistentes, la manera como se eludió su discusión en la Cámara de Diputados, los amagos que desde comienzos de diciembre se manifestaron en el Senado para imponerla sin deliberación y muy especialmente sus principales objetivos nos permiten no sólo denominarla como la Ley Televisa sino, junto con ello, asegurar que su aprobación constituiría un histórico motivo de oprobio para los legisladores y el país.

Convergencia tecnológica

El tema central de ese proyecto se encuentra en el artículo 28 de las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión. Allí se faculta a los concesionarios para ofrecer servicios de transmisión de datos, telefonía, Internet y otros utilizando las frecuencias que les han sido asignadas para transmisiones de radiodifusión. Para ello únicamente deberían hacer una solicitud a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la cual, se dice, “podrá requerir” el pago de una contraprestación.

Dicho artículo tiene al menos siete implicaciones e insuficiencias ominosas.

1. Esos servicios de telecomunicaciones, adicionales a los de radiodifusión, serían autorizados sin licitación o concurso a diferencia del procedimiento que deben cumplir las empresas de telefonía y conducción de datos. No se vale que a unos empresarios se les exente de obligaciones que otros han tenido que acatar.

2. Al no ser forzoso, el pago de la contraprestación estaría sujeto a la potestad de la autoridad administrativa. Como todos sabemos, uno de los grandes atrasos en el régimen legal para la radiodifusión en nuestro país ha sido la discrecionalidad que ejerce la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la asignación de concesiones. Si la reforma que comentamos se aprueba, esa discrecionalidad incluiría la decisión sobre el monto a cobrar e incluso, sobre la pertinencia de cobrar o regalar a las televisoras el uso, para funciones adicionales, de las frecuencias concesionadas. El monto de ese regalo que podrían recibir empresas como Televisa ha sido estimado en varios centenares de millones de dólares.

3. Los interesados en ofrecer tales servicios de telecomunicación y que no disfrutan de concesiones de radiodifusión quedarían marginados de esa posibilidad. Para decirlo de otro modo: quienes ya son privilegiados porque usufructúan concesiones tendrían la vía libre para participar en un negocio adicional. Pero otros ciudadanos serían automáticamente marginados de tal posibilidad –al menos en las plazas donde el especto radioeléctrico ya está saturado­­–.

4. Las estaciones permisionadas –es decir, las radiodifusoras y televisoras de índole cultural, educativa y/o gubernamental, pero también las radiodifusoras comunitarias– quedan excluidas de la posibilidad de ofrecer tales servicios adicionales de telecomunicaciones.

5. Al asignar a la SCT la responsabilidad de tales decisiones, se mantiene la marginación y la debilidad de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

6. La mencionada contrarreforma establece, por omisión, un formidable regalo adicional a las televisoras que, en julio de 2004 y en virtud de un Acuerdo del gobierno federal, recibieron la posibilidad de contar con una frecuencia adicional, por cada una de las que ya tenían, con el propósito de facilitar el tránsito a la televisión de carácter digital. Aunque en ese Acuerdo se dice una y otra vez que tales frecuencias adicionales se otorgan de manera temporal, la legislación ahora propuesta no establece los mecanismos para que así se hiciera. De esa manera las televisoras, que hoy en día tienen el doble de las concesiones que usufructuaban hace dos años, podrían quedarse de manera indefinida con esas frecuencias adicionales.

7. También se abre la puerta a la inversión extranjera directa en la radiodifusión. Al establecer que la Ley de Radio y Televisión estará supeditada (“en lo que no se oponga”) a la de Telecomunicaciones y al disponer la sustitución de los títulos de concesión por otros nuevos se somete a la radiodifusión a las reglas vigentes para sectores como la telefonía en donde sí es posible la inversión de esa índole.

 

Asignación de concesiones [1]

La Comisión Federal de Telecomunicaciones, Cofetel, adquiriría nueva composición y atribuciones, de acuerdo con las reformas que los diputados aprobaron a la legislación de ese ramo. Pero en la asignación de concesiones solamente podría opinar. La decisión final seguirá siendo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Y en el otorgamiento de permisos, todo el trámite tendría que seguirse haciendo ante esa dependencia. A la Cofetel no se le reconoce participación alguna respecto de la radiodifusión no comercial.

Las concesiones de radio y televisión se otorgarían por licitación. Eso parece adecuado. Pero la reforma de los diputados no establece criterios para tal concurso. El único atributo que se menciona es el pago de una “contraprestación económica”. Eso significa, simple y desfachatadamente, que de acuerdo con esa reforma legal los beneficiarios de nuevas concesiones serán quienes tengan más dinero para pagarlas.

Allí se encuentra otra de las vertientes riesgosas –para la Nación, para la sociedad, para la competencia necesaria entre los medios mismos– en la reforma que los diputados aprobaron con tanta ligereza. El que paga manda: esa sería la divisa con que podría explicarse la asignación de concesiones de radiodifusión. Aunque a los solicitantes de una concesión se les pediría, junto a diversas especificaciones técnicas, que presenten un “proyecto de producción y programación”, el factor esencial para esas decisiones será el dinero. Una de las causas para que una licitación pudiera ser cancelada sería la insuficiencia de las ofertas financieras (la SCT declararía desierto el procedimiento si considera que “las contraprestaciones ofrecidas no son satisfactorias”).

Las concesiones tendrían una vigencia de 20 años. Es un plazo menor que los 30 años que la actual legislación establece como máximo. Pero se encuentra muy por arriba del promedio que se asigna a las concesiones en la mayoría de los países desarrollados.

Por otro lado, la propuesta que comentamos no incluye providencias para evitar la colusión de intereses en la conformación de la nueva Comisión de Telecomunicaciones. En distintos proyectos se ha sugerido que existan limitaciones expresas para que quienes son directivos de empresas relacionadas con la radiodifusión y las telecomunicaciones, o aquellos que son legisladores federales, no puedan formar parte de dicha Comisión al menos durante los dos años posteriores al ejercicio de esas responsabilidades.

 

Producción independiente

En un aparente esfuerzo para respaldar a los productores de televisión y radio que no trabajan al servicio de los grandes consorcios, la nueva ley autoriza a los radiodifusores a difundir 5% más de tiempo de publicidad siempre y cuando destinen al menos 20% de sus espacios a ese tipo de programas.

Podría considerarse que todo lo que se haga para apuntalar la producción mexicana es saludable. Pero el hecho de premiar por transmitir material nacional no pareciera ser el mejor precedente ni el mejor recurso. La ley aprobada en San Lázaro no define qué ha de entenderse por “producción nacional independiente” de tal manera que a los consorcios de la radiodifusión les resultará fácil ganar, con sencillos subterfugios, la bonificación del 5% en tiempo publicitario.

 

Compra de tiempos electorales

Un aspecto que pareciera pertinente de la reforma es la facultad que otorga al Instituto Federal Electoral para adquirir la publicidad política en televisión y radio durante los procesos electorales. Pero allí hay otra trampa. El artículo 79-A de la propuesta de reformas a la Ley de Radio y Televisión indica que las empresas de radiodifusión “deberán informar” al IFE “sobre la propaganda que hubiese sido contratada por los partidos políticos o por los candidatos” y más tarde se dice que el propio IFE “será la instancia encargada de pagar la publicidad electoral de los partidos políticos con cargo a sus prerrogativas”. Eso implica que los partidos seguirán contratando esos espacios , merced a negociaciones con las empresas.

Los partidos seguirán siendo clientes que es en lo que se han convertido, más que en interlocutores, de las cadenas de televisión y radio. A la autoridad electoral se le asigna el papel de simple pagador de los compromisos financieros que los partidos adquirirían con los concesionarios. Y, en contra de la legislación electoral vigente, se les concede a los candidatos la posibilidad de comprar espacios para propaganda política.

Lo que falta

En las líneas anteriores nos hemos ocupado de algunos de los muchos aspectos discutibles en la mencionada propuesta. Además, ese documento padece omisiones relevantes. Entre los principales, son inquietantes los siguientes.

- La iniciativa no establece límites a la concentración de las empresas de radio y/o televisión. La ausencia de ese, que ha sido uno de los ejes principalísimos en distintos intentos de reforma legal, significaría que existiera vía libre para que cada vez haya más medios en menos manos. En el plano internacional existen diversas modalidades para atajar la concentración de los medios electrónicos. En México, en distintas ocasiones se ha sugerido la posibilidad de negar el otorgamiento de nuevas concesiones a las empresas que ya tengan más del 35% de las frecuencias en una localidad específica.

– La propuesta que comentamos no se ocupa, mas que para imponerles nuevas restricciones, de los medios del Estado que se mantienen en el régimen de estaciones permisionadas. No detallaremos aquí las muchas insuficiencias que los operadores de tales medios –televisoras y radiodifusoras educativas y culturales, canales legislativos y de gobiernos estatales, etcétera– han sugerido remediar con una legislación para reivindicarlos y no para exterminarlos como sucede con la que está por dictaminar el Senado. Simplemente mencionamos ésa como una laguna que sería inadmisible que los legisladores mantuvieran.

– Responsabilidades de los medios. No se dice una sola palabra acerca de los deberes que los radiodifusores, en tanto usufructuarios de un servicio público, tienen con la sociedad.

– Tampoco se incluye el derecho de réplica que suele ser, en el mundo civilizado, una prerrogativa elemental de los ciudadanos para aclarar o impugnar menciones formuladas en los medios y que afecten su honorabilidad o fama pública.

– Una nueva legislación en este campo tendría que actualizar las sanciones a quienes infrinjan disposiciones del marco jurídico para los medios electrónicos. Las actuales sanciones, en la mayor parte de los casos son inoperantes.

 

* * *

La convergencia tecnológica ofrece nuevas oportunidades de comunicación, información y educación a las sociedades contemporáneas. La digitalización de los contenidos, junto con el desarrollo de las comunicaciones a distancia, permite la fusión de formatos, el acopio de datos, la interacción y el despliegue de la creatividad de los usuarios de los nuevos medios de comunicación. En todo el mundo, la convergencia tecnológica es reconocida como uno de los campos sin cuyo desarrollo las sociedades no pueden tener auténtico futuro. Para ello, en todo el mundo también se ha entendido que es preciso actualizar los regímenes legales.

México necesita de un marco regulatorio capaz de estimular los rasgos virtuosos de la sociedad de la información. Propiciar la competencia, así como estimular la creatividad y la participación, tendrían que ser las coordenadas de una reforma legal para aprovechar los beneficios de la convergencia tecnológica. Pero la que se examina hoy no es una reforma capaz de llevarnos en esa dirección. Al contrario: la que de manera tan inopinada aprobaron los diputados es una propuesta que atenta contra la competencia y la variedad de opciones en la radiodifusión y las telecomunicaciones y que violenta las posibilidades de desarrollo tecnológico. Se trata de una reforma destinada a beneficiar a un par de empresas. Por eso la Ley Televisa ha concitado un rechazo tan amplio.

En contra de esa iniciativa se han manifestado, entre otros, la Comisión Federal de Competencia, destacados empresarios de la radiodifusión y las telecomunicaciones, especialistas desde los campos académico y profesional, destacadísimos cineastas, creadores de televisión, escritores y artistas. Los medios públicos de este país se ha cohesionado en oposición a tal contrarreforma.

A favor de la Ley Televisa no se han expresado mas que personeros de esa empresa y consultores cuyos intereses profesionales han sido arrendados por ella. La pobreza de recursos argumentales de quienes la defienden ha sido palmaria.

 


[1] Este apartado y los dos siguientes recuperan parte del diagnóstico que hicimos en el texto “En siete minutos” que la revista etcétera publicó en un suplemento con su edición de diciembre de 2005.


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